Perú
| Artículos |
5.3.1
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5.3.2
–
5.3.3
Texto de la medida |
|---|---|
| Fecha indicativa de aplicación | 22 febrero 2023 |
| Fecha definitiva de aplicación | 30 junio 2027 |
| Plazo para solicitar una prórroga, si fuera necesario | 2 marzo 2027 |
| Prórroga de las fechas de aplicación |
Solicitud recibida
9 octubre 2025
Fecha definitiva original
22 febrero 2026
Nueva fecha solicitada
30 junio 2027
Fecha acordada
30 junio 2027
Motivo
La República del Perú presenta la notificación para prorrogar la fecha definitiva de aplicación de la medida, en atención a que actualmente se está identificando cooperación para su desarrollo con el apoyo de un consultor especializado en medidas sanitarias.
En ese contexto, se contempla la formulación de propuestas que viabilicen la implementación del mecanismo de procedimientos de prueba en los procesos de importación de mercancías, y, así, dar continuidad a los avances alcanzados en el marco de la iniciativa "Mejora de la eficiencia de la gestión sanitaria en el contexto de la implementación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio en el Perú", ejecutada con el apoyo de donantes/agencias, y que culminó con un diagnóstico y recomendaciones a ser desarrolladas.
Aprobación del comité
Aprobada
Enlace a la notificación
Solicitud recibida
21 marzo 2024
Fecha definitiva original
22 agosto 2024
Nueva fecha solicitada
22 agosto 2026
Fecha acordada
22 febrero 2026
Motivo
La República del Perú presenta la notificación para prorrogar la fecha definitiva de aplicación de la medida, debido a que se requiere una nueva asistencia técnica para implementar normativa y funcionalmente lo desarrollado en el marco de la Iniciativa "Mejora de la eficiencia de la gestión sanitaria en el marco de la implementación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio en el Perú", ejecutada con apoyo del donante para el cumplimiento de la medida.
Aprobación del comité
Nueva fecha acordada
Enlace a la notificación
Solicitud recibida
1 septiembre 2022
Fecha definitiva original
22 febrero 2023
Nueva fecha solicitada
22 febrero 2025
Fecha acordada
22 agosto 2024
Motivo
The Republic of Peru is submitting the notification to extend the definitive implementation date of the measure because sectors prioritized measures to mitigate the health emergency caused by the COVID-19 pandemic, which has led to delays in the planning of actions required to comply with this measure. Accordingly, at present, the necessary arrangements are being made and work being carried out for the implementation of this measure.
Aprobación del comité
Nueva fecha acordada
Enlace a la notificación
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| Asistencia requerida para la aplicación | Identificación de procedimientos en los que puedan efectuarse una segunda prueba |
| Donante / Agencia |
Banco Mundial, Secretaría de Estado para Asuntos Económicos de Suiza, HELVETAS Swiss Intercooperation Banco Mundial /Programa SeCompetitivo (Fase II) |
| Informe de progreso |
30 abril 2024
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G/TFA/N/PER/4
Iniciativa "Mejora de la eficiencia de la gestión sanitaria en el marco de la implementación del Acuerdo sobre Facilitación del Comercio en el Perú".El objetivo de la iniciativa fue la implementación del AFC de la OMC, modernizando la normativa relacionada con la gestión sanitaria y así, mejorar la competitividad del comercio exterior peruano. Los participantes de la iniciativa fueron: MINCETUR en calidad de entidad líder de la iniciativa en colaboración con DIGESA, SENASA, SANIPES, APN, SUNAT, RREE, ADEX, CCL, SNI y COMEX. Asimismo, se contó con el soporte técnico del Banco Mundial y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura. En cada componente se desarrolló: un diagnóstico, análisis comparativo (benchmarking) con las mejores prácticas internacionales, análisis de brechas, desarrollo de sistemas o modelos para cubrir esas brechas y la ejecución de pilotos, así como la capacitación de los agentes interesados. El Componente 3 de la iniciativa es el que corresponde a "Procedimientos de prueba". Su objetivo es establecer procedimientos y operaciones armonizados para que las autoridades puedan realizar una segunda prueba a productos (que apliquen) que hayan tenido una "no conformidad" en el análisis de certificación sanitaria. A partir del diagnóstico y recursos disponibles, se generaron propuestas generales de normas, así como un procedimiento general: Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley de inocuidad de los alimentos, y Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Segunda Prueba en el Control de Alimentos y la Designación de Organismos evaluadores de la Conformidad en Inspección y Ensayo para la Segunda Prueba y crea el Proceso de Inspección Única Sanitaria de Alimentos en Frontera. No se pudieron proponer normas específicas, dado que, para lograrlo, se necesitaba una evaluación de riesgo profunda por autoridad y esta implicaba mayor cantidad de tiempo y presupuesto. Asimismo, se realizó la sensibilización del sector público y del privado en la jornada internacional de la iniciativa (noviembre 2022). Se espera recibir cooperación para la gestión de la aprobación de las normas y para su implementación. |