Sierra Leona
Artículos |
3.1
–
3.2 (a), (b)
–
3.3
–
3.4
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3.5
–
3.6 (a), (b), (c)
–
3.7
–
3.8
–
3.9 (a) (i), (ii), (i), (ii), (iii), (iv), (c), (d)
Texto de la medida |
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Fecha indicativa de aplicación | 31 diciembre 2022 |
Fecha definitiva de aplicación | 31 diciembre 2024 |
Asistencia requerida para la aplicación |
- Asistencia para evaluar y aclarar, según proceda, las medidas formales de política, reglamentarias o legislativas a fin de que la aduana cuente con las facultades, las políticas y los procedimientos para emitir resoluciones anticipadas de conformidad con el artículo 3 del AFC de la OMC. - Asistencia para favorecer la creación de capacidad en lo que respecta al desarrollo y la ejecución de un programa de formación destinado a los funcionarios aduaneros para la preparación y aplicación de resoluciones anticipadas, así como de capacidad adicional en lo relativo a la clasificación arancelaria, las normas de origen y la valoración en aduana para apoyar esta nueva función. - Asistencia para desarrollar un programa de sensibilización pública y divulgación a los interesados para informar a los comerciantes acerca del servicio de resoluciones anticipadas, cómo solicitarlo, los formularios y la información necesaria, así como para fomentar el aprovechamiento de esta medida de facilitación del comercio. |
Donante / Agencia | A determinar |
Informe de progreso | A determinar |